Documentos
Circulares y oficios públicos de IMSS Bienestar.
Circulares Nacionales
Circulares del gobierno federal sobre IMSS Bienestar. Documentos públicos.
PDFUso de la cofia — Oficio UAS-04295-2026 (IMSS Bienestar)10 de agosto de 2026En la actividad clínica diaria la cofia deja de considerarse una medida prioritaria de prevención sanitaria: su uso queda sujeto a las necesidades operativas de cada unidad médica y a los protocolos de atención. Se mantiene en actos protocolarios, ceremoniales, eventos institucionales y actividades extramuros. El oficio precisa que se aplica sin perjuicio de los derechos laborales del personal.PDFSeguro de Responsabilidad Profesional — Circular IB-UAF-CRH-0026-202514 de octubre de 2025Criterios del seguro de responsabilidad profesional para médicos generales y especialistas, cirujanos dentistas, personal de enfermería y médicos residentes: cubre acciones civiles, penales y administrativas por hechos u omisiones no dolosos en el ejercicio de sus funciones. La cobertura corre del 1 de junio de 2025 al 31 de diciembre de 2027 con Grupo Mexicano de Seguros. La cobertura básica se refleja como descuento en nómina; la cobertura opcional (potenciación) es voluntaria, corre a cargo del personal y solo puede solicitarse dentro de las ventanas del calendario que fija la circular.PDFDía festivo laborado: dos días de descanso — Circular IB-UAF-031-20251 de octubre de 2025Addendum al Oficio Circular UAF-CRH-0002-2025. Al personal que labore un día festivo o de descanso obligatorio se le otorgan, si así lo solicita, dos días de descanso en sustitución del día laborado —antes era uno—, o bien el pago en efectivo. Aplica conforme al tipo de contratación, siempre que la persona esté contemplada en el rol de guardia festiva y que esos días correspondan a su periodo de descanso.PDFMedia hora para alimentos — Oficio UAF-CRH-7351-20259 de septiembre de 2025Por cada jornada continua de trabajo debe otorgarse media hora destinada al consumo de alimentos. Ese tiempo forma parte de la jornada laboral y debe garantizarse en todos los centros de trabajo, turnos y adscripciones; no puede descontarse ni compensarse de forma distinta a lo previsto en la normatividad laboral vigente. Las jefaturas deben organizar los turnos para que el derecho se cumpla, y su omisión puede generar responsabilidades administrativas.PDFLicencias de maternidad, paternidad y cuidados — Circular IB-UAF-021-202510 de julio de 2025Licencia por maternidad de un mes antes del parto y dos meses después, y dos descansos de media hora al día por lactancia durante cuatro meses, que pueden juntarse para entrar una hora más tarde o salir una hora antes. Licencia de paternidad de cinco días hábiles con goce de sueldo íntegro, ampliable en casos de enfermedad grave de la o el recién nacido, parto múltiple o fallecimiento de la madre. Licencias por cuidados maternos y por cuidados paternos de hasta quince días hábiles al año para hijas e hijos menores de ocho años, con constancia o certificado médico del ISSSTE. Se solicitan por escrito ante Recursos Humanos con identificación oficial, se autorizan considerando las necesidades del servicio y no son acumulables.PDFDías de descanso obligatorio 2025 y guardias festivas — Oficio Circular UAF-CRH-0002-20251 de enero de 2025Calendario de los ocho días de descanso obligatorio del ejercicio 2025 y rol de guardias festivas, con las quincenas de incidencia y de pago. El personal con jornada acumulada cuyos días coincidan con esas fechas labora de manera ordinaria. Los días otorgados a cambio de un festivo laborado se disfrutan en la fecha que elija la persona trabajadora dentro de los seis meses siguientes a que se genera el derecho, y ningún día de descanso adicional es válido sin autorización por escrito de la Coordinación de Recursos Humanos.PDFLineamientos de Sustitución Trabajador por Trabajador (TXT)Reglas del esquema de sustitución entre trabajadores para cubrir ausentismo no programado de hasta seis días en un mes calendario. Aplica al personal de base y de confianza operativos con al menos seis meses un día de antigüedad y de la misma categoría o equivalente. Fija topes de días según el horario de cada quien, prohíbe que el sustituto labore más de dos jornadas en 24 horas y exige el formato de sustitución firmado por el jefe de servicio, recursos humanos y el responsable del establecimiento.